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Otra traba para el DNU de Milei: un juez suspende preventivamente la derogación de la Ley de Tierras

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En respuesta a los reclamos de la Federación Agraria Argentina, el juez Ernesto Kreplak ha dictaminado a favor de un recurso de amparo presentado por un grupo de excombatientes de Malvinas.

Aunque esta presentación judicial no fue llevada a cabo por la Federación Agraria Argentina, una entidad de la Mesa de Enlace que se ha opuesto públicamente a la derogación de la Ley de Tierras, la Justicia Federal de La Plata ha fallado recientemente en línea con los reclamos de los miembros de la federación. El lunes pasado, el juez Ernesto Kreplak, a cargo del Juzgado Federal Nº 4 de La Plata, ordenó la suspensión preventiva del artículo 154 del Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023, hasta que se resuelva el fondo del asunto.

En su fallo, el magistrado señaló que esta medida deberá ser cumplida en un plazo de 48 horas a partir de la notificación. Uno de los principales fundamentos de su argumentación se basa en los lineamientos establecidos por la Corte Suprema de Justicia en relación a las “necesidades y urgencias”.

Según Kreplak, para que un Decreto de Necesidad y Urgencia sea válido, debe existir una de estas dos circunstancias:

1) que sea imposible dictar la ley mediante el trámite ordinario previsto por la Constitución, o

2) que la situación que requiere una solución legislativa sea tan urgente que deba ser resuelta de inmediato, en un plazo incompatible con el trámite normal de las leyes.

En este caso, el juez considera que no se verifican estos extremos. A finales de diciembre, poco después de que se conociera el Decreto de Necesidad y Urgencia impulsado por el Presidente de la Nación, Javier Milei, Carlos Achetoni, presidente de la Federación Agraria Argentina, afirmó: “Es una posición histórica de la entidad.

Pasamos de un gobierno que prácticamente avalaba las usurpaciones, a un gobierno que abre irrestrictamente la compra de tierras de manos de extranjeros”. Achetoni expresó su preocupación por los productores de economías regionales y de la Pampa Húmeda que han sufrido dificultades y quiebras, y que ahora se enfrentan a la posibilidad de que extranjeros con dinero puedan comprar tierras sin restricciones. Sin embargo, no fue la Federación Agraria Argentina la que presentó el reclamo ante la Justicia.

El fallo reciente del juez Kreplak fue resultado de un recurso de amparo presentado por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM), a través de su Presidente Rodolfo Carrizo. En este recurso, se solicita que se declare la inconstitucionalidad y nulidad del artículo 154 del Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023, que derogaba la Ley de Tierras defendida por la Federación Agraria Argentina.

El CECIM sostiene que el Poder Ejecutivo Nacional ha intervenido directamente en asuntos del Poder Legislativo. El Gobierno, a través de sus abogados, ha argumentado que el CECIM no tiene legitimidad para llevar adelante esta causa, ya que consideran que el reclamo es un debate abstracto. Sin embargo, el juez Kreplak ha rechazado esta visión. Según él, aunque el objeto estatutario del CECIM se orienta a la defensa de los derechos soberanos en las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, el bien jurídico de la “Soberanía Nacional” no puede ser tutelado de manera parcial o selectiva, ya que es un bien indivisible.

Además, el juez ha comparado los efectos de la derogación de la Ley de Tierras con los efectos de la ocupación británica en Malvinas, argumentando que la derogación permite la adquisición de tierras rurales por parte de extranjeros en los mismos territorios ilegalmente ocupados por el Reino Unido.

Este fallo del juez Kreplak representa un paso importante en la defensa de la Ley de Tierras y los derechos de los productores agrarios en Argentina. La suspensión preventiva del artículo 154 del Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023 permitirá que se continúe el debate sobre la derogación de esta ley y se analice su constitucionalidad.

La decisión del juez responde a la necesidad de garantizar la protección de los intereses nacionales y la soberanía del país en relación a la propiedad de la tierra.

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